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Analisis: La constitucion como manifestacion

La Constitución como manifestación de la voluntad de formar una sociedad

 

Rolando Morales

Las obligaciones de los unos con los otros están dadas por la necesidad de cooperar con el propósito de que cada miembro del cuerpo social pueda efectivamente ejercer sus derechos económicos.”

 


 

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Muchos de los países que algún momento de su historia fueron colonias no han tenido la oportunidad de discutir y plasmar en documentos las bases de la vinculación entre los ciudadanos que han dado lugar a la conformación de sus sociedades. De esta manera, el modelo político, ampliamente vigente hasta ahora, otorga gran importancia a la relación ciudadanía-gobierno, en desmedro de la relación ciudadanía-ciudadanía, la que debería encontrarse en la base de la conformación de los gobiernos. Partiendo del principio de que la sociedad y el Estado no son fenómenos naturales, sino el resultado de una creación humana voluntaria, es conveniente que la Carta Magna constituya una suerte de declaración de asociación para la conformación de la sociedad nacional. Esta declaración debe incluir los principales aspectos de dos contratos básicos: 1) El contrato de asociación o contrato social entre ciudadanos para constituir un cuerpo social, 2) el contrato de gobierno. Además, estando insertos en un mundo globalizado, es conveniente que la Carta Magna contenga principios básicos con relación a: 3) Bolivia frente al mundo. La Carta Magna debe ser la fuente de inspiración de las leyes y otras normas que rijan la vida pública y privada de los bolivianos.

El contrato social

El contrato social se refiere al pacto entre ciudadanos para vivir en comunidad compartiendo un cierto número de bienes y servicios. Dentro del contrato social, se podría definir 3 cuerpos.


El primero podría estar orientado a los derechos humanos, en la concepción corriente de estos, pero, ampliando el sentido de las obligaciones.. Ello implica temas como la responsabilidad de la sociedad frente a la muerte de grupos vulnerables, por ejemplo, de los niños, o la responsabilidad de la sociedad frente a la posibilidad de conseguir medios de subsistencias para los trabajadores y sus familias. El segundo cuerpo debe contener disposiciones con relación a los derechos cívicos o ciudadanos, es decir, el conjunto de principios que hacen posible que la soberanía resida en la comunidad. El tercer cuerpo debe referirse a los derechos sociales, incluyendo, dentro de estos, el respeto a las culturas, la igualdad frente a la justicia, la equidad en el acceso a oportunidades, el derecho al trabajo y a ejercer actividades económicas u otras y la protección social a los grupos vulnerables. Debe incluir también disposiciones específicas, prohibiendo la discriminación y tendentes a eliminar la exclusión social.

El contrato de gobierno

La Carta Magna debe incluir algunos principios básicos en lo que concierne al contrato de gobierno, a la administración territorial y a la conformación de instituciones públicas. Entre las obligaciones generales, debe hacer mención a la necesidad de preservar y apoyar el desarrollo humano, preservar, cuidar y dar el mejor uso al patrimonio natural, fomentar la cooperación entre ciudadanos, asegurar la igualdad en el acceso a las oportunidades, velar por el buen funcionamiento de los mercados, apoyar la consolidación de cadenas de producción, promover la apertura de mercados externos, asumir la función de arbitraje en conflictos internos y promover la adopción y desarrollo de tecnología. Debe incluir también algunos aspectos sobre la organización de los diferentes poderes públicos El tema de la descentralización debe ser tratado en el contexto del contrato de gobierno, pero sería una pena que la próxima Asamblea Constituyente lo considere como prioritario, relegando a un segundo plano los puntos básicos de la conformación de una sociedad.

Bolivia frente al mundo

En tanto que comunidad organizada, la Carta Magna debe incluir algunos principios generales con relación a la vinculación de Bolivia con otros países del mundo. Estos principios tienen que ver con una posición en relación a la paz, a lo no intervención militar ni política, a la universalización de la justicia en lo que concierne a los delitos contra la humanidad, a la defensa de relaciones simétricas entre países concerniendo el movimiento de bienes, servicios, capitales y mano de obra, a la participación equitativa y democrática de todos los países del mundo en instancias de concertación mundial, etc. La búsqueda de la simetría en las relaciones internacionales debe ser una posición de principio de la sociedad boliviana y como tal debe estar inscrita en la carta magna.


Sugerencias para la modificación del régimen económico

El régimen económico de la CPE debe adoptar el principio de que el mercado puede asignar bien los recursos pero, al mismo tiempo, debe reconocer que puede tener fallas en cuyo caso debe darse una acción colectiva para evitar o limitar sus consecuencias negativas. Las fallas provienen de situaciones donde no existe libre competencia o donde los competidores (demandantes o oferentes) no se encuentran en situaciones similares de competencia. Un caso que amerita particular atención es el de la presencia de actitudes de exclusión social, cultural o de género en el mercado laboral.


Al igual que en el caso de los mercados donde se sugiere que deben ser aceptados hasta donde terminen sus virtudes, la descentralización debe ser promovida hasta donde no sea posible seguir sosteniéndola.


El objetivo económico del contrato social puede resumirse en tres conceptos: crecimiento económico, equidad y solidaridad.


Las obligaciones de los unos con los otros están dadas por la necesidad de cooperar con el propósito de que cada miembro del cuerpo social pueda efectivamente ejercer sus derechos económicos y con la necesidad de tener una caja común formada por las contribuciones de todos los ciudadanos para hacer frente a los gastos de interés común.


El gobierno está constituido por un conjunto de personas a las cuales la sociedad les encarga realizar tareas y funciones de interés común. Entre estas se encuentra el de coadyuvar al logro de los objetivos económico de la sociedad, es decir, velar para asegurar el crecimiento, la equidad y la solidaridad. Entre las funciones específicas que se le solicita para lograr alcanzar estos objetivos están las referidas a: a) Asegurar adecuados rendimientos del capital a través del mejoramiento de los rendimientos laborales (capital humano), del cuidado de los recursos naturales y de la organización social para la producción y la comercialización; b) garantizar que los mercados funcionen en condiciones de libre competencia y, cuando ello no es posible, asumir las medidas necesarias para evitar o limitar las consecuencias negativas de mercados imperfectos; c) promover y, si fuese necesario, asumir las actividades económicas que se consideren necesarias para acelerar el crecimiento; d) administrar los recursos comunes, asegurando su recaudación equitativa y su asignación óptima para el desarrollo.

Ojala no sea tarde para lamentar la oportunidad perdida

Cabe insistir en que debía haberse realizado un proceso pre-constituyente abarcando a la mayor parte de la población. ¿Será tarde para hacerlo?

Rolando Morales Anaya
es coordinador de la Maestría en
Desarrollo Económico de
la
Universidad Andina
y director

 
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