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URGENTE APOYO A CAMPAÑA
RECLAMO DEL VOTO DEL CIUDADANO BOLIVIANO EN EL EXTERIOR
El Colectivo “SOMOS SUR” se suma a la protesta creciente de los migrantes bolivianos que entraron en Huelga de Hambre a nivel nacional e internacional frente a la INSENSIBILIDAD de algunos senadores de la oposición, quienes desde el mes de mayo van poniendo trancas a una Ley que reglamenta el VOTO del boliviano en el exterior, cuando la Constitución (la vigente y la Nueva), la Corte Nacional Electoral y Convenios Internacionales establecen desde hace más de una década atrás su implementación.
ARTÍCULO DE ANÁLISIS: "El voto de los nuestros" - Antonio Peredo Leigue
LOS HECHOS
Faltan pocos días para que el Proyecto de Ley No. 00443/08 que REGLAMENTA el VOTO del BOLIVIANO entre a la agenda de debate del Senado.
Si hasta el día de mañana, miércoles 12 de noviembre, no se aprueba esta Ley o se posterga para los primeros días de enero, todos los trámites anteriores quedarán en Foja Cero y se esfumaría la ilusión de millones de bolivianos de poder VOTAR en las elecciones generales de diciembre del 2009.
En realidad el Proyecto de Ley No. 00443/08 ya fue aprobado el 22 de mayo de este año en el Parlamento, bajo la presión de miles de residentes bolivianos en Argentina, pero luego no hubo avance alguno debido principalmente al rechazo de los senadores opositores, quienes hasta la fecha evitaron por todos los medios debatir el tema en el Senado.
¿QUIENES SE OPONEN?
Pese a los reclamos en todas partes del mundo nada se logró.
Son 4 los senadores de PODEMOS que se oponen a que los emigrantes ejerzan este derecho. Se oponen a aprobar en el Senado la Ley del Voto en el Exterior, que ya fue aprobada en la Cámara de Diputados y actualmente se encuentra en manos de la Comisión de Constitución del Senado. Ellos son:
• Oscar Ortiz
• Tito Hoz de Vila
• Luís Vázquez Villamor
• Y Carlos D’Arlach
Al respecto Carlos D´Arlach, senador de PODEMOS profesional petrolero que trabajó años en el EXTERIOR, expresó:
"El voto en el exterior, aplicado por algunos países para restituirles ese derecho a los exiliados políticos, es injustificable en Bolivia", que, "siendo Bolivia un país de emigrantes, de llegarse a implementar el voto boliviano en el exterior, significaría que aquellos que se fueron decidirían las elecciones nacionales y referendos, pero sin sufrir o beneficiarse de sus resultados".
Ahí está el argumento central de la oposición, considerando que una mayoría absoluta de los 8 millones de emigrantes en el exterior es gente humilde –trabajadores -hombres y mujeres- de la construcción, del campo y del servicio doméstico de las grandes ciudades de Argentina y España principalmente, con que el VOTO boliviano en el exterior engrosaría los votos por el cambio.
Esta situación llevó a que un grupo de residentes bolivianos en Argentina, en representación de millones de bolivianos en el exterior se desplazara a la ciudad de La Paz, pero las solicitudes al gobierno, a senadores y diputados, a organizaciones de derechos humanos… no obtuvieron respuesta.
Desde el mes de septiembre los trámites fueron infructuosos, razón por la cuál hace más de un mes atrás varios residentes bolivianos en Argentina -Angel Castro, Mario Flores, Carlos Inoccenti, Primo Conde, Fausto Mamani Y Zenón Choque- iniciaron la extrema medida de entrar en HUELGA DE HAMBRE en la Confederación de Fabriles frente a la iglesia San Francisco de la ciudad de La Paz, exigiendo la aprobación de la mencionada Ley.
Ya van más de 35 días de la Huelga de Hambre, que paulatinamente fue obteniendo el respaldo de Piquetes de Huelga de bolivianos en diferentes consulados del mundo: principalmente en Argentina-Buenos Aires, Chile-Arica, Suecia, Suiza, Alemania, Brasil y España.
Y las protestas van creciendo. En la foto aparecen los huelguistas que están ya más de 2 semanas en Huelga de Hambre en el Consulado de Bolivia en Buenos Aires.
• Hoy, ya existen algunas bajas en la ciudad de La Paz.
• Hoy, se denuncia la actitud indiferente de la Cruz Roja ante este hecho insólito.
• Hoy, grita el silencio de las autoridades en medio de un acto insólito de desalojamiento violento por parte de un destacamento policial del grupo de huelguistas, que esta mañana del 11 de Noviembre inició una VIGILIA pacífica en la plaza Murillo de la ciudad de La Paz.
• Hoy, 11 de noviembre, se realiza en Buenos Aires a horas 16.00 una masiva manifestación frente al Consulado y la Embajada Boliviana en Argentina apoyando a los huelguistas.
• Hoy será necesario que Usted lector conozca más sobre el tema, considerando que cada uno de nosotros tiene mínimamente un familiar en el exterior; un boliviano o una boliviana que se suma a los millones de migrantes que aportan anualmente con más de 1000 millones de dólares en remesas al desarrollo de sus familias y al país en general.
Pues varios millones de bolivianos que viven en el exterior verían realizado su sueño de PARTICIPAR con su VOTO en las elecciones a la Presidencia y Vicepresidencia del Estado desde diciembre.
SOMOS SUR entrevistó en Buenos Aires a varios de los huelguistas y bolivianos comprometidos con la lucha, cuyos testimonios se puede escuchar en el siguiente sitio:
www.somossur.net/files/radio/castellano/fidelgonzales.mp3
www.somossur.net/files/radio/castellano/juanwilfredotupa.mp3
www.somossur.net/files/radio/castellano/zenonchoque.mp3
www.somossur.net/files/radio/castellano/reclamomujer.mp3
www.somossur.net/files/radio/castellano/otravision.mp3
www.somossur.net/files/radio/castellano/partelegal.mp3
Los testimonios relatan hechos y sentimientos de bolivianos que aman a su tierra y que reclaman el derecho a ser tratados como CIUDADANOS plenos; a no recibir más discriminación…ni en Argentina, ni en Bolivia.
Testimonios de hombres y mujeres que nos llevan a entender su reclamo, que forma parte de los miles de reclamos para “VIVIR BIEN”.
Testimonios que refuerzan los reclamos de los huelguistas en la ciudad de La Paz:
- "No sé porqué nos discriminan acá también. En la Argentina ya estamos acostumbrados a que nos traten mal, como ciudadanos de segunda, pero no creímos que acá recibiríamos el mismo trato, hemos sufrido agresiones verbales de algunas autoridades cuando hemos reclamado por que se apruebe la ley", se quejó Mamani.
- “Desde hace varios días no nos visita nadie, ni siquiera la Cruz Roja, menos autoridades legislativas o gubernamentales. Apelo al corazón de los paceños y pedimos su ayuda y colaboración con los compatriotas que se encuentran en la Huelga de Hambre”.
- “Los emigrantes bolivianos nos habíamos convertido sólo en enviadores de remesas, en un banco, en la tercera fuente de ingresos de Bolivia después del gas y la minería, entre todos se calcula que enviamos 1000 millones de remesas al año”.
A continuación transcribimos una carta de Mario Flores, huelguista, residente boliviano en Argentina, hoy desde la ciudad de La Paz:
TESTIMONIO DE UN HUELGUISTA
La Paz, 23 de octubre del 2008.
A los compañeros, de parte de un hermano que no desistirá de sus acciones; mantenemos esta medida extrema hasta hacer aprobar la ley 443/08 que reglamenta el voto del boliviano en el extranjero.
Ruego que entiendan que no es capricho personal de seguir continuando con esta extrema medida de la huelga de hambre. Si es cierto que cuatro compañeros estamos en esta medida no es por un reclamo particular si no por lo general en beneficio de nuestra comunidad boliviana que reside en la Argentina.
El voto del boliviano en el extranjero es un instrumento necesario para ser reconocidos, como ciudadanos bolivianos fuera de las fronteras, como sujetos de derecho que significa dignidad para nuestros hijos y futuros generaciones, para que mejore la calidad de vida.
La lógica es un voto, una vida. Si no votamos, no valemos como ciudadanos; pues en teoría tenemos el derecho de votar, pero la práctica es OTRA:
- Cuando decimos que hace 17 años no se aprueba es por que, aunque el articulo 97 de la Corte Nacional Electoral establece la participación del residente boliviano en el extranjero en los procesos electorales; en todos estos años ha faltado una norma regulatoria de este derecho.
- Igualmente en el 2006, cuando se llevó a cabo el referéndum de Convocatoria en la Asamblea Constituyente, en el art. 28 establece la participación del residente boliviano en el extranjero en los procesos electorales; pero igualmente faltaba una norma regulatoria de este derecho.
- La nueva Constitución una vez aprobada ratifica en el art.27 la participación del residente boliviano en los procesos electorales y referéndum nacionales y faltaría una norma regulatoria de este derecho.
Pero no crean que una vez aprobada la Nueva Constitución, el Derecho a Voto del residente boliviano entre en vigencia directamente. Es que, una vez que se conforme el nuevo poder legislativo plurinominal se dará la norma de regulación para los residentes para participar RECIEN en los procesos electorales del 2014.
Por eso requerimos AHORA la aprobación de una norma de regulación, para poder participar en los sufragios electorales del 2009. Y nos referimos a la demanda específica para que se pueda sancionar la Ley 443/08 que desde el mes de mayo se encuentra trabada en el Senado.
Si llegamos a hacerlo aprobar hoy, está garantizado nuestra participación en los procesos electorales de diciembre del 2009, aunque ya no hay tiempo para participar en los Referéndums del 25 de enero.
Es por esta justa razón que espero nos entiendan el porqué seguimos con la extrema medida y solicitamos solidaridad y compromiso de ustedes compañeros.
Es ahora el momento justo de golpear juntos para lograr destrabar la ley y su aprobación ya que el Senado, mas allá de ser mayoría opositora, está en crisis y se debe aprovechar esa ventaja.
No lo hagan por obligación, háganlo por sus hijos y el compromiso de cambio a nuestra realidad social.
Esperamos su respaldo fraterno compañeros.
Esperamos así haber aportado de manera histórica y valerosa a un cambio profundo a nuestra comunidad, cuyos pilares serán el sostén de la nueva estructura de las futuras generaciones donde el ciudadano boliviano será digno de reconocerse y valeroso porque tiene identidad y sobretodo moral.
Hasta victoria compañeros por siempre sin claudicar, Atte
Mario Flores
Huelguista
Cel 00591-73040214
Transcribimos el Proyecto de LEY 443/08
Proyecto de Ley No. 00443/08 que REGLAMENTA el VOTO del BOLIVIANO
CAPITULO I
PRINCIPIOS FUNDAMENTALES
Art. 1 .- De conformidad con las disposiciones preliminares artículo 4 y Título Noveno, capítulo I, artículos 219, 220 y 221 de la Constitución Política del Estado, concordante con los artículos 97 del Código Electoral y artículos 28 de la Ley de Convocatoria a la Asamblea Constituyente, por mandato de la presente ley, los ciudadanos bolivianos mayores de 18 años, en ejercicio de sus derechos, domiciliados en el exterior de la República, cumpliendo los requisitos exigidos, ejercerán su derecho a voto para la elección del Presidente y Vicepresidente únicamente, elecciones generales y Referéndum de carácter nacional.
Art. 2.- La Corte Nacional Electoral como máximo organismo en el ámbito electoral en el país, es la responsable y encargada de organizar, planificar y llevar adelante el proceso electoral en el exterior de la República, en coordinación con el Ministerio de Relaciones Exteriores y Cultos, este último participará solo en tareas operativas de apoyo.
En ningún caso las representaciones diplomáticas o consulares podrán atribuirse funciones o ejercer actividades específicas que correspondan a la Corte Nacional Electoral, que expresamente están conferidas por la Constitución Política del Estado, el Código Electoral y la presente ley.
CAPÍTULO II
DEL ÁMBITO DE APLICACIÓN
Art. 3.- El voto de ciudadanos bolivianos en el exterior se efectuará en aquellos países donde el Estado Boliviano tenga representación diplomática y consular.
CAPÍTULO III
DE LOS ORGANISMOS ELECTORALES Y LA CONVOCATORIA:
Art. 4.- La convocatoria efectuada por el Poder Ejecutivo o Legislativo, será remitida por la Corte Nacional Electoral, a través del Ministerio de Relaciones Exteriores y Cultos para su difusión a todas las embajadas y consulados.
Art. 5.- La Corte Nacional Electoral designará a los notarios electorales que realizarán sus funciones en la sede diplomática conforme a las atribuciones establecidas en el Código Electoral. Los Notarios Electorales también cumplirán las funciones de jueces electorales
Art. 6.- Los Notarios Electorales, serán asistidos por funcionarios de la delegación diplomática. La Corte Nacional Electoral podrá enviar funcionarios para tareas de capacitación y asistencia técnica a efectos de llevar el proceso electoral".
Art. 7.- En aquellas ciudades donde exista población boliviana votante mayor a 10.000, la Corte Nacional Electoral en coordinación con la representación diplomática y la cooperación del país receptor podrá aprobar la ubicación de recintos electorales en otro lugar que no sea la sede diplomática.
CAPÍTULO IV
RECURSOS CONTRA EL ACTA DE ESCRUTINIO Y CÓMPUTO DE MESA
Art. 8
Inciso I.- La impugnaciones contra el acta de escrutinio, serán conocidos y resueltos por el jurado de mesa, está decisión podrá ser apelada ante la Corte Nacional Electoral.
Inciso II.- Todos los antecedentes del recurso de apelación o impugnación interpuestos serán remitidos en sobre lacrado, expreso e inmediato por valija diplomática a la Corte Nacional Electoral, órgano que resolverá sin lugar a revisión posterior.
Inciso II.- Las mesas anuladas, no podrán repetir el voto.
Artículo 9 La Corte Nacional Electoral, será la única competente para realizar el cómputo final de las mesas sufragadas en el exterior.
CAPÍTULO V
REGISTRO DE ELECTORALES
Art. 10. Los ciudadanos bolivianos residentes en el extranjero para habilitarse como electorales se inscribirán en los Registros Electorales de las diferentes representaciones diplomáticas y consulares ante Notarios Electorales habilitados por la Corte Nacional Electoral dentro los plazos y términos de la convocatoria.
Art. 11. El registro de ciudadanos votantes en el exterior, se efectuará desde el día de promulgada la convocatoria hasta 90 días antes del día de la realización de los comicios.
Art. 12. Una vez concluido el registro de ciudadanos inscritos en el exterior, será enviado inmediatamente, vía valija diplomática en sobre lacrado a efectos de verificación por la Corte Nacional Electoral.
Art. 13.
Inciso I.- La Corte Nacional Electoral, mediante el Ministerio de Relaciones Exteriores y Cultos, enviará a los Notarios Electorales la relación de los ciudadanos titulares y suplentes que fueron seleccionados mediante, sorteo como jurados de mesa, según los mecanismos de designación establecidas en el Código Electoral.
Inciso II.- La nómina de jurados de mesa será publicada en la pagina web de la red de internet de la Corte Nacional Electoral y en las notarias electorales de las sedes diplomáticas y consulares.
Art. 14. La Corte Nacional Electoral promoverá la difusión de la información sobre el proceso eleccionario, en medios de comunicación del territorio nacional en el exterior de la República.
CAPÍTULO VI
SOBRE EL ACTO ELECTORAL
Art. 15. El sorteo de jurados electorales se efectuará dentro de los 40 días anteriores al verificativo de las elecciones nacionales o referéndum nacional, dicho pronunciamiento estará a cargo del órgano nacional electoral.
Art. 16. La Corte Nacional Electoral capacitará a los Notarios y Jurados Electorales que ejercerán funciones en el exterior, conforme a los procedimientos del Código Electoral.
CAPITULO VII
PROCEDIMIENTO DE ESCRUTINIO, CÓMPUTO Y CIERRE DE MESA
Art. 17.- El acto eleccionario en el exterior se llevará a cabo ininterrumpidamente por ocho horas, en la fecha determinada por la convocatoria y en el horario establecido por la Corte Nacional Electoral.
Art. 18.-
I.- Concluida la votación los jurados de mesa procederán al escrutinio de votos conforme a las reglas establecidas en el Código Electoral.
II.- Los Notarios Electorales remitirán inmediatamente las Actas de Escrutinio en sobre de seguridad conjuntamente con todo el material electoral utilizado vía Valija Diplomática a la Corte Nacional Electoral.
Art. 19.- A efectos del cómputo preliminar, los Notarios Electorales podrán remitir los resultados del cómputo por medios telemáticos o informáticos a la Corte Nacional Electoral.
DISPOSICIONES FINALES
Art. 1.- En caso de presentarse situaciones no previstas en la presente ley, se aplicarán las normas del Código Electoral y las disposiciones emitidas por la Corte Nacional Electoral.
Art. 2.- La Campaña y la propaganda electoral serán regulados por la Corte Nacional Electoral, conforme a los parámetros normativos de inscritos en el Código Electoral y respetando las normas del país receptor.
Art. 3.- Los partidos políticos, agrupaciones ciudadanas, pueblos indígenas y/o alianzas legalmente reconocidas acreditarán a sus delegados ante los Notarios Electorales designados en el exterior de la República.
Art. 4.- El Tesoro General de la Nación consignará en el presupuesto de la Corte Nacional Electoral, los recursos necesarios para llevar adelante los procesos eleccionarios en el exterior.
Finalmente, desde Argentina va el siguiente mensaje para los huelguistas:
- ¡Unidos somos más fuertes! ¡por nuestro derecho legitimo!
- ANIMO COMPAÑEROS HUELGUISTAS, CORAJE Y
FUERZA NUESTROS MAS SINCERO APOYO Y COLABORACIÓN
- Si queremos ser parte del destino político de nuestra amada Bolivia, debemos votar, solidaridad mundial por este reclamo!! los residentes bolivianos en el exterior exigimos a la cámara de senadores que este proyecto se ponga en marcha!!!
Y para conocer más sobre la huelga, vea:
http://es.youtube.com/watch?v=Tx7RRmPx1b8
Por su parte, el Consejo Solidario nacional de residentes bolivianos en el exterior mandó la siguiente carta a los senadores:
Srs Senadores,
Desde Bs. As. Argentina les pedimos no frenar el proyecto del voto del boliviano en el exterior, somos muchos residentes en el extranjero, somos parte de Bolivia, por que tienen miedo? a que le temen?
Uruguayos, españoles, italianos... tienen ese derecho, por que este retraso?
Somos millones... los residentes les solicitan que dejen de lado los intereses mezquinos que no hacen bien a nadie, hay una huelga de hambre en la paz hace 37 días; se expone la vida de seres humanos.
Ustedes serán responsables de lo que pase. ¿Por qué tanta insensibilidad? Es nuestro derecho legitimo!!! Nos pertenece. ¿Acaso ustedes, estando afuera, no lo pelearían? No queremos que nos bicicleteen. Basta de palabras y de posponer este proyecto.
Queremos hechos, acciones concretas.
¡Cuánto hemos esperado!
¡Cuánta paciencia hemos tenido!
SEÑORES TODO TIENE UN LIMITE! HASTA CUANDO! SOMOS GENTE GRANDE Y EL DISCURSO BARATO NO CORRE MAS! DE AFUERA VEMOS CLARO TODO,
TRABAJEN POR EL BIEN DEL PUEBLO Y DEL PAIS, SON SOLO ETIQUETAS, USTEDES CAMBIARAN COMO FIGURITAS
NOSOTROS SOMOS LOS MISMOS, TRATEN DE DEJAR N BUEN TRABAJO EN SUS FUNCIONES. EL PUEBLO NO OLVIDA.
BUENO QUE PODRIAMOS HACER CON ESTE MAIL? POR QUE NO EMPEZAMOS A ESCRIBIR, NO PERDEMOS NADA!
SALUDOS!
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¿QUE HACER?
¡Mucho! Le damos algunas ideas:
- Leer detenidamente el texto, la Ley y las cartas; Escuchar los testimonios.
- Entender que el reclamo es para todos los residentes en el exterior y por ende en beneficio del pueblo de Bolivia en general.
- Reenviar esta nota a sus amigos o algunos de sus familiares en el exterior.
- Difundir la noticia entre sus familiares y en su trabajo.
- Visitar a los huelguistas; expresar su voto de respaldo.
- Escribir a las autoridades involucradas; y para este objetivo añadimos una lista de direcciones:
DIRECCIONES para una CAMPAÑA:
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Esito sería... MANOS A LA OBRA
Elaboración: María Lohman
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Telf. 00591 4 4247558
Cel. 00591 71765036
Fecha de actualización: 15 de noviembre de 2008.
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